sábado, 24 de agosto de 2013

La Fundación Schwarzkopf ofrece becas de viaje para Europa.






La Fundación Schwarzkopf ofrece entre 20 y 30 becas de viaje para jóvenes para un proyecto de descubrimiento y valoración de la realidad social y política de otro país.
 
Uno de los requisitos de estas becas es redactar un informe sobre el viaje y las diferentes experiencias. Al final de cada año hay un concurso en el que se valora el mejor informe. 
 
Los jóvenes participantes que no sean alemanes solo pueden tener como destino Alemania, y deben tener cierto dominio del alemán.
 
La fecha límite para el envío de solicitudes es el 1 de septiembre y el viaje debe comenzar aproximadamente ocho semanas después. En 2014 habrá otro plazo que finalizará el 1 de marzo. El documento de solicitud puede descargarse en esta web.
 
Beca InterRail
 
La misma fundación ofrece también pases de InterRail para dar la oportunidad a jóvenes de viajar entre 30 países europeos incluyendo Turquía durante un período de entre tres y seis semanas. El precio del billete sin beca sería de 422 euros.
 
Los solicitantes pueden ser jóvenes entre 17 y 25 años que hayan vivido al menos seis meses seguidos en la Unión Europea, los países de la CEI (10 de las ex repúblicas soviéticas) o Turquía.
 
En la solicitud es necesario explicar un tema de investigación sobre el que se trabajará en el viaje, relativo al desarrollo cultural o político actual en el contexto de la integración europea. Antes de que pasen tres meses tras el regreso el receptor está obligado a enviar un informe desarrollando el tema escogido, los hallazgos y una reflexión. Este informe será publicado por la Fundación Schwarzkopf.
 



El plazo para el envío de solicitudes finaliza también en este caso el 1 de septiembre, y para esta convocatoria el viaje no puede empezar antes del 1 de noviembre. Habrá otro plazo que finalizará el 1 de marzo de 2014. En en esta web. puede descargarse el modelo de solicitud.

jueves, 22 de agosto de 2013

La Fundación Heinrich Boll ofrece becas para máster o doctorado en Alemania.





La Fundación Heinrich Boll ofrece, entre varias modalidades de ayudas, becas para cursar un máster o un doctorado en Alemania. El plazo para la entrega de solicitudes finaliza el 1 de septiembre para doctorado y el 1 de marzo de 2014 para máster.
 
Las becas para doctorado se dirigen a estudiantes de cualquier materia que han sido aceptados en un centro alemán para realizar este período formativo (para lo cual se requiere nivel alto de alemán) o en un centro de otro país de la Unión Europea. Se dará no obstante prioridad a las tesis relacionado con las áreas de trabajo de la Heinrich Böll Foundation, esto es, economía, derecho, ingeniería, ciencias, matemáticas y periodismo.
 
El plazo para estas becas finaliza el 1 de septiembre y están dotadas con 1.000 euros mensuales. Solamente se aceptan las solicitudes rellenadas online a través del sitio de la Fundación, y en alemán.
 
En la convocatoria que finaliza el 1 de marzo de 2014 se ofrecen becas para estudiar máster en Alemania, con una cuantía de 750 euros mensuales.
 
En las becas para máster se dará prioridad a los estudiantes de Europa Central y del Este, ciudadanos de la UE, Norte de África y medio oriente, así como a los provenientes de naciones en proceso de industrialización o con conflictos regionales.
 
Es imprescindible haber finalizado el título universitario y se requiere un alto nivel de alemán, ya que es el idioma usado también en la selección. No obstante, si se obtiene la beca, se tiene financiación para cursos de alemán avanzado.
 



Todas las solicitud se tramitan online diseñado a tal fin, y en el alta de solicitud ya se deben adjuntar los documentos de acreditación, en formato pdf.

miércoles, 21 de agosto de 2013

La Unión Europea ofrece becas para cursar un postgrado en interpretación.




Están destinadas a estudiantes de cualquier disciplina que han sido aceptados en un curso de postgrado a tiempo completo en una universidad reconocida. La dotación es de 2.400 euros para estudiantes en un país miembro de la Unión Europea, y de 1.600 euros para estudien en un país candidato. 
 
Existen dos fechas límite para el envío de solicitudes. Una para la solicitud inicial, el 16 de septiembre, y otra para la solicitud con toda la documentación, el 30 de septiembre. 
 
Los requisitos generales para poder optar a la ayuda son: ser ciudadano de un país de la UE o un país candidato( República Yugoslava de Macedonia, Islandia, Montenegro, Serbia y Turquía), y contar con un título universitario o encontrarse en último curso. 
 
En cuanto a los requisitos de idiomaen general se requiere  excelente de la lengua materna y un conocimiento alto de uno de los idiomas principales de la UE, y de otro más que no se encuentre entre los principales, es decir, que no sea  inglés, francés, alemán, italiano, portugués o español.
 
Un criterio para la asignación de la beca es que la combinación e idiomas dominados se adapte a las necesidad de interpretación de conferencias de la Dirección General de Interpretación.
 
La solicitud se realiza a través de esta página web (previo registro).En ella se pueden ir adjuntando los documentos solicitados, como una copia del pasaporte, un currículum detallado, carta de motivación, certificado bancario y certificados universitarios.

lunes, 19 de agosto de 2013

¿Qué te hace falta para presentar la beca MEC en las próximas semanas?



Dentro de pocas semanas, presumiblemente a principios de Agosto, (el año pasado el 15 de Agosto) podrán presentar la beca todos los estudiantes españoles que lo deseen a través de la sede electrónica del MEC. Antes de que llegue ese momento, y viendo la gran confusión que hay este año con todos los cambios producidos, os adentramos en los requerimientos básicos que deberéis poseer en el momento de formalizar dicha presentación de la beca, tanto contratos, pdf, dni, datos, etc. 

Se hace siempre por Internet

Justo en este enlace, podéis encontrar vuestra nivel, seleccionarlo y adentraros en el sistema (previo registro). Como podéis ver, ahora mismo están las becas de 2012/2013, y nos indica " convocatoria cerrada". Pero una vez publicadas las nuevas, podréis identificaros y presentar la beca. Por lo tanto, al ser por Internet, si queréis subir un documento deberá ser escaneado. 

No importa si aun no te ha matriculado del curso

Muchos son los casos en los que se presenta la beca sin haber hecho aun la matrícula universitaria o del nivel que sea. En el momento que presentas la matrícula, se guarda en el sistema y se empezará a tramitar, como mínimo, en Octubre. Hasta ese momento no se tendrá en cuenta si te has matriculado o no, por lo que no te preocupes si primera presentas la beca y luego te matriculas. 

¿Qué me hace falta para presentar la beca? - Cosas básicas

1. Evidentemente, un ordenador, ya que todo el proceso se hace por aquí. En muchos centros y universidades, se dispone de ordenadores en esta época estival así como un tutor - guía para realizar la presentación de la beca. Puedes buscar aquí el número de teléfono de tu universidad y consultarlo. (aquí FP y Bachillerato). 

2. En el caso de que quieras subir un documento y añadirlo a la presentación de beca, deberás tenerlo digitalizado por lo que deberás usar un escáner en caso de que lo tengas físicamente o simplemente añadirlo si ya lo tienes descargado de Internet. 

3. Los DNI o pasaportes de todos los miembros de la unidad familiar. Los necesitarás físicamente ya que te piden datos como el número de serio del DNI, o cuándo caduca. Si lo tienes caducado, debes actualizarlo. 

Deberás saber, además, en qué curso te vas a matricular este año y de cuál curso vienes, aunque hayan pasado varios años sin haber estudiado. 

¿Qué más me puede hacer falta para presentar la beca? 

Algunas personas necesitarán más cosas, como por ejemplo:

1. En el caso de residir fuera del domicilio familiar:
    1.1 En todos los casos, el DNI de tu arrendador(el número y nombre completo) o quien te alquila el piso o habitación, así como la dirección exacta del inmueble y el importe mensual con gastos incluidos. 
    1.2. En el caso de que provengas de Canarias o Baleares, no te hará falta el contrato, pero si eres de la península, si deberás añadir el contrato. Puedes elegir entre subirlo mediante escáner en un archivo que deberás llamar "contrato alquiler", o esperar e ir a tu unidad de becas y entregarlo allí. 

2. En el caso de que tengas ganancias fuera de España, o algún componente económico, académico o familiar que quieras añadir, deberás subirlo igualmente mediante un escáner o descargalo si ya lo tienes en el ordenador y añadirlo a una opción de "subir archivos" que tiene la presentación de becas. Algunas de estos papeles suelen ser:

Económicos: ganancias patrimoniales, premios, declaraciones de la renta (aunque tienes la opción de dejar que lo consulten ellos dándoles permiso en una opción), ganancias dinerarias de algún tipo, etc.
- Familiar: certificados de defunción, de divorcio, de casamiento, de pareja de hecho, de alquiler de viviendo, de desahucio, etc.
- Académico: convalidación de títulos, notas, matriculaciones, escritos del rector o de un profesor, convalidaciones, estar en posesión de obtener un título, etc.

El último apartado - Observaciones personales

Existe un apartado muy importante de observaciones. Es una "caja" grande donde puedes redactar todo lo que quieras. En este caso, acompañarás todo lo que los que resuelvan tu beca deban tener en cuenta que tú consideres que puede estar dudoso. Si ha subido algún documento a la presentación, deberás acompañarlo con su respectiva explicación en dicha caja de "observaciones". 

A ser posible, antes de hablar de cada documento, identifícalo con su nombre de archivo, por ejemplo:

- Has subido un archivo que se llama "Certificado de Divorcio".
- En la caja de observaciones pones: Certificado de Divorcio, y a continuación su explicación. 

En esta primera presentación intentamos que recaudéis los papeles que veáis que os harán falta para presentar la beca con tiempo, a falta de que en unas semanas se publique la convocatoria y hagamos una guía completa de la presentación de becas 2013/2014. 

El Ministerio de Educación convoca las becas de carácter general 2013/2014 para estudios postobligatorios.



El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ya ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la nueva convocatoria de becas de carácter general para el curso 2013/2014 para estudiantes que cursen estudios postobligatorios. Entrará en vigor a partir de mañana 20 de agosto, después de la polémica generada por los nuevos requisitos en los que se mantiene la nota media de 5,5 en Selectividad para no pagar matrícula, pero sube hasta 6,5 para recibir ayudas compensatorias y de residencia.
 
“Si bien es indudable que las becas constituyen uno de los instrumentos que contribuyen de forma más eficaz a hacer posible el principio de igualdad de oportunidades y reflejan el firme compromiso del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte con la dimensión social de la educación, no puede olvidarse que los programas de becas también mejoran la eficiencia educativa”. Éstas son algunas de las palabras que anteceden a los requisitos para solicitar las becas en la resolución hecha pública hoy lunes, 19 de agosto.
 
Los beneficiarios que podrán optar a las mismas tienen que cursar enseñanzas postobligatorias con validez en todo el territorio nacional. La primera categoría es la de no universitarias y pueden ser primer y segundo curso de Bachillerato, Formación Profesional de Grado Medio y Superior, Enseñanzas Artísticas Profesionales, Enseñanzas Deportivas, Enseñanzas Artísticas Superiores, Estudios religiosos superiores, estudios militares superiores, estudios de idiomas realizados en Escuelas oficiales de titularidad de las Administraciones educativas, incluidas la modalidad a distancia.
 
Pueden solicitarla también las personas que vayan a realizar cursos de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la FP y cursos de formación específicos para el acceso a los Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior impartidos en centros públicos y privados concertados que tengan autorizadas enseñanzas de FP, y de Programas de Cualificación Profesional Inicial.
 
Lo mismo sucede para los estudiantes de enseñanzas universitarias del sistema universitario español cursadas en centros españoles y con validez en todo el territorio nacional como son las adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado y de Máster; las conducentes a los títulos oficiales de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico; curso de preparación para acceso a la universidad de mayores de 25 años impartido por universidades públicas y complementos de formación para acceso y obtención del título de Máster y créditos complementarios para la obtención del título de Grado o para proseguir estudios oficiales de licenciatura.
 
Las becas incluirán alguna o algunas de las siguientes cuantías como son las fijas, en las que se incluye beca de matrícula, cuantía fija ligada a la renta del estudiante, cuantía fija ligada a la residencia del estudiante durante el curso escolar y beca básica. La otra parte es la de cuantía variable, en la que podrá incluir, una parte variable y distinta para los distintos solicitantes que resultará de la ponderación de la nota media del expediente del estudiante y de su renta familiar.
 
La cuantía de las becas  puede ser de gratuidad de la matrícula, que comprenderá el precio público oficial de los créditos en que se haya matriculado el estudiante por primera vez en el curso 2013-2014; 1.500 euros, de cuantía fija ligada a la renta del solicitante; 1.500 euros de cuantía fija ligada a la residencia del solicitante durante el curso: 200 euros de beca básica, y 60 euros de importe mínimo de cuantía variable y distinta para los diferentes solicitantes que resulta de la ponderación de la nota media del expediente del estudiante y de su renta familiar. Se recogen también cuantías adicionales por domicilio insular o en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.
 
Requisitos académicos 
 
A los requisitos generales y específicos como los umbrales de renta, se suman los de carácter académico. En esta última parte se especifica los criterios a tener en cuenta según el rendimiento académico del curso anterior. Los que se matriculen por primera vez en los estudios de Grado accediendo por cualquiera de las vías, tiene que acreditar una nota no inferior a 6,50 puntos para obtener la beca de matrícula, la cuantía asociada a la renta, la asociada a la residencia y la cuantía variable. En cambio, para obtener la beca de matrícula como único componente, la puntuación no deberá ser inferior a 5,50 puntos.
 
Para obtener la beca de matrícula, la cuantía asociada a la renta, la asociada a la residencia y la variable, los alumnos de segundos y posteriores cursos de los estudios de Grado, deberán haber superado el 100% de los créditos de Artes y Humanidades, Ciencias, Ciencias Sociales y Jurídicas, Ciencias de la Salud y el 85% de Ingeniería o Arquitectura. De la misma manera, los que no puedan acreditar esos porcentajes, también podrán obtener las cuantías mencionadas si acreditan haber superado en Artes y Humanidades el 90% y una media en las asignaturas de 6,50 puntos; en Ciencias, 80% y 6 puntos; Ciencias Sociales y Jurídicas, 90% y 6,50 puntos; Ciencias de la Salud, 80% y 6,50 puntos; Ingeniería o Arquitectura/enseñanzas técnicas, 65% y 6 puntos.
 
Los mismos solicitantes para obtener la beca de matrícula como único componente tienen que acreditar que han superado los siguientes porcentajes de créditos matriculados: Artes y Humanidades, 90%; Ciencias, 65%; Ciencias Sociales y Jurídicas, 90%; Ciencias de la Salud, 80%; Ingeniería o Arquitectura/enseñanzas técnicas, 65%.  También se podrán acoger a esta opción los que se hubieran matriculado en régimen de matrícula parcial en el último curso realizado.
 
En el caso de los estudiantes de máster oficial, tienen que haberse matriculado en, al menos 60 créditos. Los que lo hayan hecho en un número superior se tendrán en cuenta para valorar el rendimiento escolar del solicitante. De la misma manera, podrán optar a la beca los que se matriculen entre 30 y 59 créditos y se denominará matrícula parcial y podrán obtener la beca de matrícula y la cuantía variable mínima.
 
Los requisitos académicos que se tienen que cumplir son diferentes según el tipo de postgrado. Los estudiantes de primer curso de másteres que habilitan para el ejercicio de una profesión deben acreditar una nota media de 6,50 puntos en los estudios previos. En los restantes estudios de máster dicha nota media sera de 7 puntos. Lo mismo sucede en el segundo curso y, en todo caso, además de las notas medias, los solicitantes deber acreditar haber superado la totalidad de los créditos matriculados en primer curso.
 
Criterios para otras enseñanzas como FP, profesionales y deportivas
 
En el resto de estudios, los alumnos de primer curso deben acreditar que tienen una nota media de 5,50 puntos para acceder a enseñanzas de Formación Profesional, artes plásticas y diseño, enseñanzas deportivas, Bachillerato, enseñanzas profesionales de música y danza y grado medio de FP, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, y de las enseñanzas deportivas.
 
Los plazos para presentar las solicitudes se extenderán hasta el 15 de octubre, inclusive para los estudiantes universitarios, y hasta el 30 de septiembre de 2013, inclusive, para los estudiantes no universitarios. Hay excepciones para algunos casos determinados que se pueden consultar en la resolución del BOE.
 
El alumnado escolarizado en los centros españoles en el exterior podrá ser beneficiario también de una beca con las siguientes cuantías: fija ligada a la renta, fija ligada a la residencia, beca básica y cuantía variable mínima. La entrada en vigor de estas medidas se hará a partir de mañana 20 de agosto.

jueves, 1 de agosto de 2013

Renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo para investigación.



Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (artículo 38 bis).
Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículos 73 a 84).

Tipo de autorización

Se trata de la renovación de la autorización de residencia y trabajo de los investigadores.

Requisitos necesarios

1. No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen comunitario.
2. Carecer de antecedentes penales en España. No obstante, se valorará la posibilidad de conceder la autorización de residencia a los que hubieren sido condenados por la comisión de un delito hayan cumplido la condena, los que hubieran sido indultados o se hallasen en situación de remisión condicional de la pena o de suspensión de la pena.
3. No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
4. Que el organismo de investigación esté autorizado para la firma de convenios y, en consecuencia, aparezca en el listado que a dichos efectos, realiza el Ministerio de Economía y Competitividad. 
5. Que el proyecto de investigación esté aceptado por el organismo y que en él esté determinado su objeto, duración y medios materiales y financieros para su realización.
6. El organismo de investigación deberá estar inscrito en el régimen correspondiente del sistema de Seguridad Social y encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
7. El organismo deberá haber firmado con el investigador un convenio de acogida, que incluya el correspondiente contrato de trabajo firmado por el organismo y el investigador extranjero, con fecha de inicio de vigencia condicionada a la concesión de la autorización.
8. Poseer la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.

Documentación a aportar

Nota: con carácter general se deberán aportar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de presentar la solicitud.
1. Impreso de solicitud en modelo oficial (EX-04) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el investigador. 
2. Copia completa del pasaporte o título de viaje en vigor.
3. Documentación acreditativa de la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.
4. Convenio de acogida firmado por el investigador y el organismo, con memoria descriptiva y contrato de trabajo.
5. En su caso, se podrá presentar para la valoración por la Oficina de Extranjería, informe de integración de la Comunidad Autónoma de su lugar de residencia, en el que conste la participación en acciones formativas y el conocimiento de lenguas oficiales.
Nota importante: cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.
Por otro lado, todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento y por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 y salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional.

Información sobre el procedimiento

Sujeto legitimado para presentar la solicitud: el investigador personalmente o mediante representación.
Lugar de presentación: cualquier registro público y dirigido a la Oficina de Extranjería de la provincia donde resida el investigador.
Plazo de solicitud: durante los 60 días naturales previos a la fecha de espiración de la autorización. También se puede solicitar dentro de los 90 días naturales posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la autorización, sin perjuicio de la posibilidad de que sea incoado el correspondiente procedimiento sancionador.
La presentación de la solicitud en plazo prorroga la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento.
Plazo de resolución de la solicitud: tres meses contados a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya practicado la notificación, se podrá entender que la solicitud ha sido estimada por silencio administrativo. La Autoridad competente en la concesión deberá expedir, previa solicitud del interesado, certificado que acredite la renovación por este motivo.
La duración de la renovación de la autorización de residencia y trabajo será de un año.
En el plazo de un mes desde la concesión el investigador deberá solicitar, personalmente, la Tarjeta de Identidad de Extranjeros en la Oficina de Extranjería de la provincia donde se haya tramitado la autorización. 
El solicitante exhibirá en el momento del trámite de huella su pasaporte o título de viaje para acreditar su identidad y aportará:
1. Solicitud de tarjeta de identidad de Extranjero, en modelo oficial (EX 17) Descargar formulario
2. Justificante del abono de la tasa de la tarjeta que asciende a 18 euros
3. Acreditación de la afiliación y/o alta de la Seguridad Social.
4. Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné.
Para renovar la autorización de residencia por reagrupación  familiar de los familiares de los investigadores se deberán cumplir los requisitos y el procedimiento previstos en las autorizaciones por reagrupación familiar.